Qué es un derecho antidumping

Un derecho antidumping es un arancel extra, adicional a los derechos de importación normales, que se aplica a un producto de un origen específico cuando la autoridad de aplicación determina que ese producto se está vendiendo en el mercado local por debajo de su valor normal (el precio al que se vende en su propio mercado de origen). En la Argentina, la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) investiga estos casos y el Ministerio de Economía resuelve, por decreto o resolución, si corresponde imponer, mantener, modificar o eliminar la medida. El objetivo declarado es proteger a la industria local de una competencia considerada desleal.

Estas medidas no son permanentes: se fijan por un plazo (habitualmente cinco años) y, al vencer, se abre un examen de expiración para decidir si se prorrogan o se dejan sin efecto. Ahí es donde está el punto ciego para quien importa: un derecho puede estar vigente hoy y no estarlo en unos meses, o al revés.

Por qué esto es crítico antes de comprar, no después

Un derecho antidumping se calcula sobre el valor de la mercadería y se suma a los demás tributos de la importación. En los casos reales que siguen, las alícuotas van del 16% al más del 75% ad valorem: la diferencia entre que un derecho esté vigente o no puede definir si una importación es rentable o no. Y a diferencia de otros costos, no aparece en la cotización del proveedor: hay que cruzar el código NCM del producto contra el listado de medidas vigentes antes de cerrar la compra, no cuando el contenedor ya está en el mar.

Sellos de goma y formularios administrativos sobre un escritorio de trabajo
Un derecho antidumping se confirma cruzando el NCM del producto contra el listado de medidas vigentes, antes de cerrar la compra.

5 casos reales de 2026

1. Hojas de aluminio de China (NCM 7607.11.90). Tenían un derecho antidumping del 28% ad valorem, fijado originalmente por la Resolución 88/2020. La medida vencía en 2025 y, tras el examen de expiración, el Ministerio de Economía resolvió no renovarla: la Resolución 172/2026, publicada el 23 de febrero de 2026, cerró el procedimiento sin mantener el derecho. Hoy estas hojas de aluminio chinas ingresan sin ese arancel adicional.

2. Rodamientos rígidos de bolas de una hilera de China (NCM 8482.10.10 y 8482.99.90). El derecho antidumping se eliminó de forma definitiva por la Resolución 784/2026, luego de que la CNCE (Acta de Directorio N° 2624, del 28 de abril de 2026) constatara que SKF Argentina, la empresa que sostenía el reclamo, había cerrado su planta de Tortuguitas en octubre de 2025 y dejado de producir en el país. Sin industria local que proteger, el organismo consideró que no había base legal para mantener el arancel.

3. Aisladores eléctricos de porcelana de Brasil, China y Colombia (NCM 8546.20.00). Esta medida venía de 2015 (Resolución 410/2015). Tras un nuevo examen, cuya recomendación de eliminación surgió de un Acta de Directorio de la CNCE del 7 de agosto de 2026, el derecho antidumping quedó sin efecto por la Resolución 1408/2026, publicada el 31 de agosto de 2026.

4. Tubos de aluminio sin alear de China y Brasil (NCM 7608.10.00 y 7608.20.90). Es el caso con la alícuota más alta de los cinco: 75,52% ad valorem para China y 16,46% para Brasil, vigente desde 2020. Pese a que la CNCE (Acta de Directorio N° 2628, del 5 de junio de 2026) consideró que existía probabilidad de que volvieran a entrar importaciones en condiciones de dumping, recomendó no mantener la medida por sus efectos restrictivos sobre la oferta. El derecho se eliminó por la Resolución 883/2026, del 3 de julio de 2026.

5. Porcellanato de China (NCM 6907.21.00), y de Brasil, India, Malasia y Vietnam. A diferencia de los cuatro casos anteriores, este derecho sigue vigente: 27,7% ad valorem para el origen chino, fijado por la Resolución 691/2024. En agosto de 2026, mediante la Resolución 1272/2026, se abrió un nuevo examen por expiración de plazo, lo que significa que la medida está bajo revisión y su continuidad todavía no está definida. Quien esté por importar porcellanato de estos orígenes tiene que seguir de cerca cómo termina ese proceso.

El patrón detrás de estos cinco casos

De los cinco derechos repasados, cuatro se dieron de baja en 2026 y uno sigue en revisión activa. No es casualidad: 2026 fue un año con varios exámenes de expiración resueltos por el Ministerio de Economía, varios de ellos con el mismo desenlace de eliminar la protección. Para quien importa, el dato clave no es "el antidumping desapareció", sino que estas medidas se mueven todo el tiempo: lo que hoy encarece una importación puede no hacerlo en unos meses, y viceversa.

Por eso en INGRESALO revisamos si el producto que querés importar tiene, o podría llegar a tener, un derecho antidumping vigente antes de que avances con la compra. Es parte del mismo chequeo que hacemos con la clasificación arancelaria y el resto de la documentación: la idea es que el costo real de la importación esté claro desde el primer momento, no cuando la mercadería ya está en camino.