Qué dice la disposición
La Disposición 2991/2026 de la ANMAT, publicada en el Boletín Oficial el 21 de mayo de 2026, incorporó al ordenamiento argentino la Resolución GMC 46/15 del MERCOSUR, que fija los "requisitos mínimos para inspección en establecimientos que trabajan con productos controlados". El objetivo es armonizar los criterios de fiscalización entre los países del bloque.
A quién alcanza
Por "productos controlados" se entienden los estupefacientes, las sustancias psicotrópicas, los precursores y otras sustancias sujetas a control especial que cada país defina en su legislación, junto con los preparados que las contengan. No abarca a los químicos o medicamentos en general.
Qué se exige
- Trazabilidad completa: lote, envase y ruta.
- Validación de cupos y licencias en toda la cadena logística, incluidos los transportistas.
- Áreas de resguardo físico con acceso restringido bajo llave.
- Revisión de procedimientos internos: recepción, almacenamiento, preparación de pedidos, residuos, derrames, capacitación del personal, identificación de clientes y proveedores y detección de pedidos sospechosos o excesivos.
Cuándo entra en vigencia
La norma rige en todos los países a la vez, 30 días después de que la Secretaría del MERCOSUR comunique que todos los Estados la incorporaron. Es decir, todavía no es exigible de inmediato.
Qué lectura dejar
No es el rubro de INGRESALO, pero ilustra una tendencia: en productos sensibles, el control se endurece en la trazabilidad y en la documentación de toda la cadena. Si vas a importar algo que requiera intervención de ANMAT u otro organismo, conviene resolver esa documentación antes de cerrar la compra.